martes, 14 de febrero de 2017

Una nueva arma en la lucha entre socios minoritarios y mayoritarios: el artículo 348 bis de la Ley de Sociedades de Capital.



  Llegó, como cada año, el pasado 1 de enero, mas esta vez dicho primer día del año trajo consigo una situación que puede provocar una gran litigiosidad entre el tejido societario de nuestro país. Y es que entró en vigor el artículo 348 bis de la Ley de Sociedades de Capital, hasta ahora en suspenso por diferentes decisiones del poder ejecutivo, el cuál, en síntesis, permitirá a los socios minoritarios de sociedades de capital poder exigir el pago de dividendos y, de no aprobarse tal reparto, optar por la separación de la sociedad, obligando, bien a ésta, bien a los demás socios, a adquirir o permitir la venta de las acciones o participaciones del socio en cuestión, valorándolas de común acuerdo con el resto de socios o, de no alcanzarse el mismo, a partir de la valoración que de las mismas haga un experto independiente.
               Bien es cierto que para poder aplicar lo prevenido en el precepto antedicho se han de cumplir una serie de requisitos. Así:
§  Sólo será de aplicación en las sociedades de capital desde que hayan transcurrido cinco ejercicios sociales desde su constitución.
§  Será condición sine qua non y evidente por demás que la sociedad concluya su ejercicio social con beneficios.
§  La separación del socio podrá implementarse si en la Junta General en la que se aprueben las cuentas anuales y, con ellas, el destino del dividendo, no se autoriza, cuanto menos, el reparto de un tercio de dicho dividendo entre los socios.
§  Obviamente, el socio minoritario habrá de haber votado a favor del reparto de los dividendos en la Junta General donde se aprueben las cuentas anuales.
A partir de esto, ¿podemos imaginar el horizonte que se vislumbra? Veámoslo con el ejemplo de la sociedad limitada compuesta por tres hermanos al treinta y tres por ciento de capital social, con unos números estimables que la permiten terminar el ejercicio social con beneficios, y en la que dos de los hermanos forman parte del órgano de administración y, además, son trabajadores de la empresa, mientras que el tercero, a pesar de su participación no percibe de la sociedad ninguna retribución. ¿Acaso no es ésta una fotografía de multitud de sociedades mercantiles, en especial de las sociedades familiares? Según hemos podido leer en Expansión, lunes 30 de enero de 2017, recogiendo, a su vez, informes del Instituto de Empresa Familiar, de 1,22 millones de empresas que hay en España, el 88% son de carácter familiar siendo que solamente reparten el 3,6% de los beneficios, al tiempo que el 86,2% de tales empresas no ha repartido beneficio alguno en los dos últimos años.
Sin duda que los despachos de abogados reciben, quejosos, a aquellos socios que sienten que la mayoría les está postergando a una situación de indefensión desde la que, además, no se benefician en modo alguno de su participación social. Cuántas no son las quejas de estos socios minoritarios pretendiendo que sus otrora amigos, y ahora sólo socios, les compren las participaciones y les compensen, al menos en alguna medida, su desamparo societario, y la negativa que reciben de éstos haciéndoles poco menos que insoportable su situación dentro de la sociedad. Pues bien, ahora el artículo 348 bis LSC se presenta como una posibilidad de solución del problema.
¿Y los socios mayoritarios? ¿Pueden ver la entrada en vigor de este precepto como un torpedo dirigido a la línea de flotación de su equilibrio societario? Y es que es preciso darse cuenta de la incidencia que la aplicación de este artículo puede tener en la supervivencia a corto plazo de muchas pymes. Así, obligadas a pagar las participaciones y acciones del socio que ejerce el derecho de separación, valoradas por un experto independiente, podemos encontrarnos con que la tesorería y liquidez de la sociedad se reduzca tan extraordinariamente que ahogue el fondo de maniobra de la compañía y les lleve a una situación de insolvencia que les acerque al concurso de acreedores, cuando no les haga caer de forma inexorable en él.
Desde luego que los profesionales del Derecho analizarán situaciones y examinarán las posibilidades de defensa, también, de los socios mayoritarios afectados por el derecho desplegado por los minoritarios; y al hacerlo podrán examinar las posibilidades que el concurso de acreedores ofrece, no como consecuencia de una situación societaria próxima a la quiebra, sino como una oportunidad para la reestructuración de la compañía, ad intra y ad extra. O también podrán descubrir la diferencia esencial que para el socio minoritario pueda tener la amortización de sus participaciones o acciones, o la compra de ellas por otro socio o por un tercero afín a las posiciones de la mayoría, diferencia que podrá no hacer tan rentable el ejercicio del derecho de separación que posibilita el artículo 348 bis LSC, situación que acaso pueda servir para, cuanto menos, llegar a un acuerdo a la hora de valorar las participaciones o acciones y no dejar la determinación de su valor a un experto independiente que pueda llegar a dinamitar el equilibrio societario.
Un mes tendrá el socio minoritario, desde que se celebre la Junta General que no apruebe el reparto de dividendos, para ejercitar el derecho que ofrece el artículo 348 bis LSC. Un mes mientras que el gobierno de España no opte por una nueva suspensión de sus efectos  -no muy probable una vez ha entrado ya en vigor- o por una modificación del mismo que de alguna manera los suavice. Entre tanto, desde luego, el asesoramiento jurídico a los mayoritarios y a los minoritarios ha comenzado ya, y desde todos los despachos profesionales se ofrecerá siempre con el deseo, en primer término, de consensuar las posiciones de ambos, dejando la reclamación judicial o arbitral para el caso de que toda la fase negocial no alcance su buen fin.


miércoles, 8 de febrero de 2017

Malo Bono, Bono malo

Por curiosidad malsana, que no por interés, he comenzado a ver "Mi casa es la tuya", el expositivo de las riquezas de los bendecidos por el dólar que nos presenta Bertín Osborne en la "tele", porque el elegido para la loa hoy era José Bono. Digo que mi curiosidad era malsana porque, en realidad, el personaje no me atrae nada sino, más al contrario, le profeso un profundo desprecio. Y quiero dejar esto claro desde el primer párrafo para que las cartas estén boca arriba desde el inicio; quizá Bono, si llegara a tener la fortuna de que leyera estas líneas, no entienda esta jugada de apertura porque lo que él acostumbra es a guardarse algún as de otra baraja en la manga cual tahúr del Mississippi que diría su celebrado Alfonso Guerra.
Sin embargo, mi aproximación al Osborne magacine ha durado lo que tarda en persignarse un cura loco. Exactamente ha durado el tiempo en que Bono ha demostrado lo malo que es. Malo. ¿Malo? Muy malo. Pero malo desde las tripas. No ya de corazón o cabeza, sino de más abajo, de todo el cuerpo, de esencia. Quizá por ello nació en un hogar bendecido por el apellido para que, al menos, en su vida tuviera algún asidero a algo parecido a la bondad.
He de decir que antes de que eclosionara mi paciencia ante el televisor, Norberto ya le había puesto en suerte al acentuar algún rasgo de su vida con el ex párroco de su pueblo, un cura de los que ya no van con sotana ni alzacuellos y que, quizá por eso, ha pasado el filtro del guionista bonoense. Que sí, que Joselito era mu bueno y que le afectó mucho eso de ser hijo único. Pobre. ¡Ah!, y por supuesto ya había repetido el mantra que nos arroja inmisericorde desde que tenía pelo en primera instancia: que su padre era falangista y que él aprendió por ello a querer y respetar a la derecha... porque para demócrata él que quería un güevo a su padre.
Bueno, pues situado ya el verraco, va Norberto y le pregunta, con la inocencia ignorante que le caracteriza: "Oye, Pepe -o algo así-, a ti te ha defraudado algún representante de la Iglesia, verdad". "Pueggg ji, Bertín". Y cuenta Don Bono que una vez vio a San Juan Pablo II amonestar desde la altura con severidad descarnada y un dedo acusador a un pobre curita llamado Ernesto Cardenal que delante de él, arrollidado, le pedía perdón. "Y egg que, cómo era el polaco". Para rematar la faena con  otro recuerdo, también de San Juan Pablo II, celebrando una misa en Chile para Pinochet. "Pueggg qué quiereggg que te diga, Bertín, a mí ejjaggg cojjaagg... pueggg no me gugggtan". Chin pon!
Bono es malo. Pero lo peor de Bono es que parece bono. Con ese tupé estrenado que se ha puesto, y ese cuerpecito de dúo dinámico que le ha salido, y ese padre falangista, ¡coño!, que tanto quería y tanto hizo por él. Y ese hablar tranquilo, y ese democratismo que le exuda por todos los poros, y ese catolicismo que derrama a manos llenas aprendido no de la jerarquía malvada y maléfica sino de la esencia jesusiana y galilea mamada en San Carlos Borromeo.
Pero, ¿por qué Bono es malo? Quizá por muchas cosas, pero sobre todo por una: porque su verdad está impregnada hasta el tuétano de la mentira de la tibieza y la media verdad; porque su lengua no es ya viperina sino triperina; porque su caricia rasga la piel hasta la sangre. Y para muestra el botón regalado a Norberto en su casa, que no es la suya, sino la suya, vamos la de él que no la del otro.
¿Quién es Ernesto Cardenal? Es muchas cosas, entre ellas cura. Pero, claro, cura de los que le molan a Bono. Cardenal fue el líder carismático de la teología de la liberación, el comunismo cristiano, o el cristianismo comunista, y formó parte del gobierno sandinista de liberación nacional, comunista claro, y ciertamente alineado con la violencia populista. Decir que Cardenal propagaba doctrinas apóstatas de la fe católica no es más que una evidencia. La catadura de Cardenal se palpa cuando tras el perdón que le ofreció el Papa Francisco (éste sí le mola a Bono) en 2014, salió diciendo que ese perdón no iba con él y que no significaba que le fuera levantada la suspensión para el ejercicio del sacerdocio que le impuso San Juan Pablo II treinta años antes, y que, ¡vaya!, que se pasaba el perdón por el forro de sus vergüenzas (o algo así). Éste es Ernesto Cardenal, un sujeto cuyo arrodillamiento ante el Papa polaco ya se ve que tenía mucho de mise en scene y poco de verdad.
San Juan Pablo II, todo hay que decirlo, no sabía bailar. Algo malo tenía que tener, coño. Y cuando vio a Don Ernesto arrodillado... pues no lo pilló y le dijo, cara a cara, y sin inquietarle ni preocuparle que le estuviera viendo el mundo entero, lo que tenía que decirle, esto es, que el daño que le estaba haciendo a la Iglesia que su alzacuellos proclamaba era inmenso. Y ¿por qué se lo dijo... y así? Porque San Juan Pablo II era de verdad, íntegro, de una pieza, sin implantes capilares ni ges en vez de eses. Bono, claro, ante esto se gripa pues no entiende ni entenderá el concepto básico de la palabra integridad ni, menos aún, el de valentía.
Y, ¿quién era Pinochet? Un dictador. Pero no un dictador cualquiera, no. Un dictador de derechas. Mu malo, mu malo. Y, ¿qué hizo San Juan Pablo II? Visitar su país, como líder de otro, el Vaticano, y celebrar misa para acabar dándole la comunión al dictador. ¡Qué aberración! Habráse visto. Ahora, a Bono no le importa más que la sal gorda. Nada le interesa, por ejemplo, que en aquella visita Pinochet le dijera al Papa polaco que a qué venía que la Iglesia valorara tanto la democracia cuando cualquier otro medio de gobierno es tan bueno como ése, y la respuesta que le dio San Juan Pablo II también en su puñetera cara: "No. La gente tiene derecho a gozar de sus libertades, aún si comete errores en el ejercicio de ellas." Y esto es sólo un botón de muestra de lo que el Papa polaco discutió con Pinochet. ¡Y, de nuevo, de frente, a las claras, sin miedos ni respetos humanos! De nuevo esto a Bono le chirría. Por supuesto que Don Bono ha olvidado la visita de San Juan Pablo II a Cuba y la misa que celebró ante Fidel Castro. Pero es que, claro, Fidel era un dictador de izquierdas, mu bueno, mu bueno.
Sólo eggcuchar cómo Don Bono dice Juan Pablo II irrita además del oído la epidermis. Y ver cómo Norberto, que se moja menos que un scochtbritte en el Gobi, le lametea sin decoro produce, aquí sí, asco. Mira, Bertín, majo, mi casa no es la tuya ni lo será, y menos mientras que tengas amiguetes como Bono que hacen dudar de cómo Dios será capaz de conjugar su inmensa justicia con su inmensa misericordia. Habrá que estar atentos no ya a la tele sino al Juicio: lo que nos vamos a escojonar.